Cómo la IMBRA protege a quienes solicitan la tarjeta verde del abuso del patrocinador
La ley de inmigración de los EE. UU. incluye varias protecciones para quienes hacen solicitudes de inmigración contra diferentes tipos de abuso. Para las personas solicitantes de tarjetas verdes por matrimonio y visas de prometido o prometida, la Ley de Reglamentación de Mediadores Matrimoniales Internacionales (IMBRA) sirve como protección contra los cónyuges abusivos que patrocinan las solicitudes. Este artículo analiza la historia de la IMBRA, sus disposiciones y cómo puede ser útil para tu solicitud de inmigración.
Written by Jonathan Petts.
Updated June 22, 2022
¿Qué es la IMBRA?
La IMBRA (en inglés) es la Ley de Reglamentación de Mediadores Matrimoniales Internacionales de 2005, por sus siglas en inglés. Esta ley tiene la intención de proteger a las personas inmigrantes víctimas de la violencia doméstica del abuso conyugal de sus patrocinadores. La IMBRA se convirtió en ley en 2005 después de que dos mujeres con visas de prometidas extranjeras murieran por abuso conyugal. Muchas personas que han emigrado recientemente son más vulnerables debido a las barreras idiomáticas y la falta de un sistema de apoyo.
La IMBRA requiere que el gobierno de los EE. UU. brinde a las personas extranjeras información sobre sus derechos legales. El gobierno también debe compartir los posibles antecedentes penales de la prometida, el prometido o cónyuge con la ciudadanía estadounidense y dar información sobre cómo obtener ayuda, en el caso de algún abuso.
Disposiciones principales de la IMBRA
La IMBRA tiene muchas disposiciones principales, que incluyen:
Divulgación del mediador matrimonial: Si una pareja se conoció a través de un mediador matrimonial, debe informar al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés). Los Estados Unidos no permiten que los mediadores brinden información sobre menores de 18 años. Si tu mediador no cumple con los estándares de la política del USCIS, es posible que este no apruebe tu petición de visa. Además, si conociste a tu prometida o prometido en línea, es posible que debas responder preguntas adicionales sobre el sitio y tu historial de citas.
Verificación obligatoria de antecedentes penales: El peticionario estadounidense debe someterse a una verificación de antecedentes penales. En el caso de las visas K-1 o K-3, el USCIS compartirá la información que encuentre sobre tu cónyuge, prometida o prometido mientras procese el formulario I-129F.
Prevención de peticiones en serie: Una persona con la ciudadanía estadounidense solo puede patrocinar dos visas K-1 en su vida. Deben transcurrir al menos dos años entre la presentación de la última petición aprobada y la actual. El límite no se aplica a las visas para cónyuges.
Rechazo por infracciones anteriores: Si tu cónyuge tiene antecedentes penales de delitos sexuales o violentos, esto lo descalificará automáticamente. Estos delitos pueden incluir agresión sexual, abuso infantil o varias condenas relacionadas con sustancias controladas. Hay exenciones, pero no son habituales.
Sanciones por información errónea: Si tú o tu patrocinador falsifican cualquier información, podrían enfrentarse a una multa o pena de prisión.
Información de derechos legales: El USCIS debe informar a las personas sobre sus derechos y recursos legales. Proporciona un folleto informativo sobre los derechos legales (en inglés) de las personas inmigrantes titulado “Información sobre los derechos de los inmigrantes víctimas de la violencia doméstica en los Estados Unidos y sobre la inmigración con visa por matrimonio”. Estos derechos incluyen el derecho a obtener una orden de protección y solicitar el divorcio. Antes de tu entrevista para la visa, el funcionario consular te resumirá la información.
El abuso infantil, la violencia doméstica y la agresión sexual son ilegales en los Estados Unidos. Tanto el derecho civil como el penal protegen a las personas independientemente de su género, orientación sexual, edad, origen étnico, raza o estatus migratorio.
Obligaciones de los mediadores matrimoniales internacionales
Los mediadores matrimoniales internacionales —o IMB, por sus siglas en inglés— se definen como organizaciones que cobran tarifas por servicios o referencias que presentan personas. Emparejan personas con la ciudadanía o la residencia permanente de los EE. UU. con personas extranjeras.
La IMBRA prohíbe que los IMB promocionen niñas o niños. No pueden compartir información sobre menores de 18 años.
La IMBRA también exige que los IMB divulguen los antecedentes penales y matrimoniales de sus clientes estadounidenses. Antes de que un IMB proporcione tu información de contacto personal a un cliente estadounidense, debe obtener sus antecedentes penales. También debe buscar su nombre en los registros de delincuentes sexuales. Debe proporcionarte esta información y el folleto, como cliente extranjero, y obtener tu consentimiento por escrito antes de divulgar cualquier información de contacto.
Además, la IMBRA impone sanciones por el mal uso de la información. Cualquiera que haga un mal uso de la información que obtuvo a través de la IMBRA podría enfrentar penas de prisión o multas. También crea sanciones para cualquier persona que viole otras obligaciones establecidas en la IMBRA.
Los Artículos 833 (d) y (e) de la IMBRA regulan a los mediadores matrimoniales internacionales.
¿La IMBRA se aplica a tu tipo de solicitud?
La IMBRA (en inglés) cubre muchos tipos de solicitudes de inmigración, incluidas las visas K-1 para prometidas o prometidos de personas con la ciudadanía estadounidense, las visas K-3 para cónyuges de personas con la ciudadanía estadounidense, las visas de inmigrantes IR-1/CR-1 (en inglés) para cónyuges de personas con la ciudadanía estadounidense y las visas de inmigrantes F-2A para cónyuges de residentes permanentes legales.
En el caso del estatus de no inmigrante K-1, tú, como prometida o prometido, debes casarte con tu prometida o prometido que tiene la ciudadanía estadounidense dentro de los 90 días posteriores al ingreso a los Estados Unidos. Después del matrimonio, debes presentar el formulario I-485, o Solicitud de registro de residencia permanente o ajuste de estatus. Luego harás la transición del estatus de no inmigrante K a residente permanente condicional, si se aprueba. Serás residente permanente condicional durante dos años. Posteriormente, si el matrimonio continúa, puedes convertirte en residente permanente pleno.
En el caso del estatus de no inmigrante K-3, puedes ingresar a los Estados Unidos mientras esperas la aprobación del formulario I-130, una petición de visa basada en la familia. Luego podrás obtener una tarjeta verde, y necesitarás presentar el formulario I-485.
Para todas estas visas, la IMBRA te brinda la información y las herramientas para protegerte de la violencia del patrocinador durante tu proceso de solicitud de visa. El gobierno de los Estados Unidos te proporcionará un folleto sobre tus derechos. También te informará sobre los antecedentes penales de la persona que te patrocina. Si tu prometida, prometido o cónyuge tiene antecedentes de delitos violentos, no puede patrocinar visas repetidamente.
Conclusión
Conocer tus derechos al solicitar una tarjeta verde puede ser complicado, pero hay ayuda disponible. Si eres elegible, nuestra aplicación web gratuita te guiará a través del proceso de solicitud de la tarjeta verde y te ayudará a preparar y presentar tu solicitud ante el gobierno de los EE. UU. Si nuestra aplicación no te resulta útil, podemos remitirte a especialistas en derecho de inmigración con experiencia para que te ayuden. Haz clic en “Comenzar ahora” para ver cómo podemos ayudarte a hacer realidad tu sueño americano.